RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC24-00000030
La presente Resolución regula la opción de pago de autorretenciones de Grandes Contribuyentes previstas en el artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno mediante compensación con notas de crédito del impuesto a la salida de divisas ISD, así como la designación del formulario para su declaración y pago.
Para la declaración y pago de las autorretenciones referidas en el presente acto normativo deberá utilizarse el “Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes”.
Las notas de crédito del Impuesto a la Salida de Divisas se podrán compensar, total o parcialmente, con obligaciones tributarias del Impuesto a la Renta causado, su anticipo o el valor de las autorretenciones de grandes contribuyentes liquidadas mensualmente, conforme la normativa pertinente, sin restricción del ejercicio fiscal al que se quiera aplicar el pago.
El “Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes” previsto en esta Resolución se utilizará a partir de la declaración y pago de las autorretenciones correspondientes a ingresos del mes de JULIO DE 2024 que se declaran en el mes de AGOSTO DE 2024.
A efectos del cumplimiento de la obligación de liquidación y pago del anticipo mínimo hasta septiembre del año 2020, prevista en la Resolución NAC-DGERCGC20-00000054. cuando corresponda, se utilizará el “Formulario de Pago de Anticipo Mínimo de Impuesto a la Renta y Autorretenciones de Grandes Contribuyentes” establecido en esta Resolución.
NOTA: La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial.