Establecimiento de precios referenciales para el cálculo del ICE en perfumes y aguas de tocador – Período fiscal 2026

El Servicio de Rentas Internas mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000045, determina los precios referenciales aplicables para el cálculo de la base imponible del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) correspondiente a perfumes y aguas de tocador comercializados mediante la modalidad de venta directa, para el período fiscal 2026.

Los precios referenciales deberán calcularse por cada producto, incrementando al precio ex aduana (en el caso de bienes importados) o a los costos totales de producción (en el caso de bienes de fabricación nacional), los porcentajes detallados en la siguiente tabla adjunta al pdf.

NAC-DGERCGC25-00000045

En los costos totales de producción de los bienes de fabricación nacional se incluirán materias primas, mano de obra directa y los costos y gastos indirectos de fabricación

Para efectos del cálculo de la base imponible del ICE, los pagos por concepto de regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas que no superen el 5% de dichas ventas, no se considerarán costos o gastos de fabricación; en caso de que los pagos por regalías superen dicho porcentaje, el mencionado valor será incorporado a los costos totales de producción.

Nota: La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Registro Oficial y será aplicable desde del 01 de enero de 2026.