El 15 de julio de 2025, entró en vigencia el Reglamento General a la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, tras su publicación en el Quinto Suplemento del Registro Oficial.
Limite de donaciones
El Ministerio de Economía y Finanzas y el SRI definirán cada año el tope máximo de donaciones para la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas
- Ambos recibirán el mismo monto, sin diferencias.
- Además, se informará periódicamente sobre los valores y sus cambios para garantizar transparencia a quienes deseen aportar.
Catalogo de bienes admitidos
Solo serán admitidos bienes nuevos, en perfecto estado y comprados en Ecuador (con factura). También se admiten bienes fabricados por el donante con factura y remisión.
- Entre los aceptados: patrullas, ambulancias, drones, cámaras, equipos forenses, armamento, chalecos, helicópteros y más.
- El catálogo oficial es aprobado por el Ministerio de Defensa y del Interior.
Transformación de S.A.S
- Las SAS que antes del 15 de julio de 2025 que incluyan en sus estatutos actividades en minería, seguros, valores, energía, telecomunicaciones, recursos naturales, agua o espectro deben, en un plazo de 6 meses, transformarse, reformar estatutos o liquidarse.
- Los permisos vigentes se mantienen durante esos 6 meses y se pueden renovar mediante la transformación
Beneficios tributarios aplicables en las donaciones
Donaciones realizadas desde el 11 de junio de 2025
- Rebaja del impuesto a la renta causado, hasta el 30% del impuesto causado en el ejercicio fiscal
- Aplica a personas naturales y sociedades.
- Si el valor donado excede el porcentaje o no hay impuesto causado la diferencia se registra como gasto no deducible.
Donaciones realizadas del 1 de enero al 10 de junio de 2025
- Deducción adicional del 150% según la Ley Tributaria.