Inconstitucionalidad de las leyes de Integridad Pública y Solidaridad Nacional

En la Edición Especial No. 96 del Registro Oficial del viernes 3 de octubre de 2025, se publicaron las sentencias de los casos 51-25-IN/25 y 52-25-IN/25 y acumulados, dictadas por la Corte Constitucional del Ecuador, a través de las cuales se declararon inconstitucionales la Ley Orgánica de Integridad Pública y la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional.

Los principales puntos para considerar en la Ley Orgánica de Integridad Pública, sobre a inconstitucionalidad surte efectos hacia el futuro desde la publicación de la sentencia en el Registro Oficial son:

  • Se eliminó el régimen de remisión tributaria que aplicaba a los pagos realizados hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Los pagos realizados desde el 26 de julio de 2025, hasta el día anterior a la publicación de esta sentencia, mantendrán el beneficio de remisión tributaria.
  • Reconocimiento de intereses por devoluciones tributarias se calcularán al 100% de la tasa activa referencial a 90 días del BCE, y serán computarizados hasta la fecha de acreditación.
Edicion-consittucional-No.-96

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